Profesionales de la Salud
Todo profesional de la salud licenciado en Puerto Rico está obligado a registrar a las personas diagnosticadas con autismo que residan en Puerto Rico en el Registro de Autismo. El profesional puede registrar de manera electrónica o imprimiendo y completando el formulario para registro. Para registrar de manera electrónica deberá solicitar autorización para acceso al Registro.
Al registrar, usted ayuda a que la persona y su familia logren tener mejor acceso a los servicios y recursos de la comunidad. El Registro de Autismo permite enlazar a las familias de niños y jóvenes menores de 22 años con el Coordinador de Servicios del Programa Niños con Necesidades Especiales de Salud más cercano a su residencia.
- Una vez la persona ha sido registrada, se le enviará una carta al padre o custodio que aparece en el registro con un opúsculo y la notificación de que su hijo fue registrado.
- Un Coordinador de Servicios contactará a la familia para ofrecerle información sobre servicios disponibles en su comunidad.
- Estos Coordinadores de Servicios asistirán a la familia con los referidos a los servicios y recursos de la comunidad.
Además, es importante registrar a los adultos mayores de 21 años de edad para ayudar a obtener datos estadísticos que nos faciliten justificar programas y servicios necesarios para la población adulta.
El Registro de Autismo define el autismo según las categorías del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, versiones DSM-IV-TR y DSM-5, que incluyen:
- DSM-5: Trastorno del Espectro de Autismo
- DSM-IV-TR: Autismo
- DSM-IV-TR: Síndrome Asperger
- DSM-IV-TR: Trastorno Generalizado del Desarrollo, NOS
- DSM-IV-TR: Síndrome Rett
- DSM-IV-TR: Desorden Desintegrativo de la Niñez
El profesional de la salud deberá informar a la familia sobre el Registro de Autismo. Debido a que el Registro de Autismo es mandatorio y creado mediante legislación estatal Ley 220 del 4 de septiembre de 2012, la ley HIPAA no aplica. Favor de visitar la página HIPAA Privacy Rule http://www.hhs.gov/ocr/privacy/hipaa/administrative/privacyrule/ para más información.
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